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¿De quién es el trabajo de todos modos?

Regulaciones de IA

Debido al creciente uso de tecnologías de inteligencia artificial ("IA"), los derechos de autor de EE.
Oficina emitida orientación formal el 16 de marzo de 2023 para abordar las tecnologías generativas de IA capaces
de producir material expresivo. Una pregunta general planteada por el uso de IA generativa es si el
el material producido está protegido por derechos de autor. De acuerdo con la Oficina de derechos de autor de EE. UU., los derechos de autor
sólo puede proteger material que sea producto de la creatividad humana; sin embargo, el uso de
herramientas tecnológicas por humanos no necesariamente hace que un trabajo no esté protegido por derechos de autor si
el trabajo generado por IA es producto de la autoría humana.

Al cumplir con el requisito de autoría humana, la Oficina de derechos de autor de EE. UU. adopta el
definición de “autor” de las decisiones emitidas por la Corte Suprema de los Estados Unidos (la “Corte”). En su
caso principal con respecto a la autoría, la Corte excluyó a los no humanos como autores cuando repetidamente
“describiendo a los autores como una clase de 'personas' y los derechos de autor como 'el derecho exclusivo de un hombre a la
producción de su propio genio o intelecto'”. El Noveno Circuito ha sostenido que un libro que contiene
Las palabras escritas por seres no humanos solo pueden protegerse mediante derechos de autor si existe
selección y arreglo de las revelaciones.” La edición actual de la Oficina de derechos de autor de EE.
Compendio de prácticas de la Oficina de derechos de autor de EE. UU., refleja los ideales de la orientación judicial sobre este
problema que establece que “no registrará trabajos producidos por una máquina [u otro dispositivo] que
funciona de forma aleatoria o automática sin ningún aporte creativo o intervención de un ser humano
autor."

Al evaluar si se cumple con el requisito de autoría humana, la Ley de derechos de autor de EE.
Office analiza si el trabajo es "básicamente uno de autoría humana", donde una computadora o
otro dispositivo es meramente "un instrumento de asistencia", o si los "elementos tradicionales de
autoría” fueron “realmente concebidas y ejecutadas no por el hombre sino por una máquina”. Cuando el
los elementos tradicionales de autoría de una obra son generados por una máquina, los derechos de autor de EE.UU.
Office no lo registrará ya que la obra carece de autoría humana. Por ejemplo, cuando un ser humano
proporciona únicamente un aviso a la tecnología de IA y la tecnología "produce complejos escritos, visuales,
u obras musicales en respuesta”, los elementos tradicionales de autoría están determinados por la

tecnología y no el usuario humano. Que una obra carezca de autoría humana depende de la
circunstancias y se decide caso por caso. Una obra puede contener suficiente contenido humano
autoría, sin embargo, cuando un ser humano modifica "material generado originalmente por AI en un grado
que las modificaciones cumplen con el estándar para la protección de derechos de autor”, o un humano organiza “AI-
material generado de manera suficientemente creativa como para que la obra resultante constituya un original
obra de autoría.” Por ejemplo, obras de arte formadas por IA a través de un indicador digital que luego se
editado más adelante por un artista que usa una aplicación de edición de fotos probablemente tenga derechos de autor. En esos casos,
lo que importa es hasta qué punto un ser humano tuvo control creativo sobre la expresión de la obra.

El 20 de abril de 2023, la Oficina de derechos de autor de EE. UU. brindó orientación adicional en un carta a
el Mechanical Licensing Collective ("MLC") para determinar la elegibilidad de regalías de obras musicales.
trabajos generados usando IA. Esencialmente, “aquellos que reclaman la propiedad de una obra musical que no es
protegidos por derechos de autor no tienen derecho a pagos de regalías del [MLC]”. Incluso si un artista
no afirma que una obra musical se haya creado en conjunto con AI, la Oficina de derechos de autor de EE. UU.
aún puede determinar que una obra carece de la autoría humana necesaria para calificar para los derechos de autor
proteccion. Ciertas circunstancias, como que un compositor afirme haber creado un extraordinario
número de obras musicales en un período de tiempo inusualmente corto, indicará a los EE.
Oficina de derechos de autor que una obra musical probablemente fue creada por AI.

En general, un trabajo que combina la creatividad humana con material generado por IA puede ser
elegible para protección de derechos de autor si la autoría humana es el elemento predominante.

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